Información relativa a Los Procesos de Evaluación de la Conformidad
El Instituto Colombiano de Certificación, como organismo de certificación de productos, cuenta con los siguientes procedimientos documentados en los cuales se define los derechos y deberes de los clientes certificados, las reglas para otorgar, mantener, ampliar o reducir el alcance y suspender, retirar o negar la certificación
- Reglamento del Servicio de Certificación
- Manual de uso de licencias, certificados y marcas de conformidad
Los anteriores documentos se pondrán a disposición según solicitud previa realizada al OEC al siguiente correo electrónico: informacion@icc-sas.com
Tarifas de los Procesos de Evaluación de la Conformidad
El Instituto Colombiano de Certificación, como organismo de certificación de productos, ha establecido tarifas para los procesos de evaluación de la conformidad según el tipo de producto a certificar.
Las tarifas se ponen a disposición del público previa solicitud al correo electrónico: informacion@icc-sas.com, las cuales serán enviadas en la propuesta de prestación de los servicio de certificación
Quejas y Apelaciones
El Instituto Colombiano de Certificación, como organismo de certificación de productos, define que el cliente tiene derecho a realizar apelaciones sobre cualquier decisión tomada por el organismo certificador; para lo cual se deben tener en cuenta los siguientes términos:
- El cliente o solicitante tiene cinco (5) días hábiles para interponer la apelación (después de recibir la notificación)
- El OEC tendrá ocho (8) días hábiles para dar respuesta al cliente sobre la apelación interpuesta
De igual manera podrá interponer ante el Instituto Colombiano de Certificación quejas que considere necesarias, se brindara acuse de recibido por parte del OEC y serán resueltos en los siguientes términos:
- El OEC tiene un tiempo máximo de cinco (5) días hábiles para dar respuesta ante una queja o un reclamo
Los formatos para interponer quejas y/o apelaciones se ponen a disposición del público previa solicitud realizada al correo electrónico: informacion@icc-sas.com
Reglamentos del Servicio de Certificación e Inspección
El Instituto Colombiano de Certificación, como organismo de certificación de productos e inspección, ha establecido que pone a disposición del público previa solicitud, los siguientes reglamentos del servicio de certificación e inspección:
- ICCP-GM-D06 – REGLAMENTO DEL SERVICIO DE CERTIFICACIÓN PRODUCTO (CEA Y CNT)
- ICCI-GM-D01 – REGLAMENTO DEL SERVICIO DE INSPECCIÓN EDS
- ICCI-GM-D02 – REGLAMENTO DEL SERVICIO DE INSPECCIÓN STV
Esta información se pondrá a disposición según solicitud previa realizada a través del correo electrónico: informacion@icc-sas.com
Clientes Certificados
El Instituto Colombiano de Certificación, como organismo de certificación de productos e inspección, ha establecido que pone a disposición del público previa solicitud, información relativa a los clientes que han sido certificados por el OEC y el estado actual de las certificación.
Esta información se pondrá a disposición según solicitud previa realizada a través del correo electrónico: informacion@icc-sas.com